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El delito de alteración de precios (Record no. 22454)

MARC details
000 -CABECERA
campo de control de longitud fija 01906nab a22001817a 4500
003 - IDENTIFICADOR DEL NÚMERO DE CONTROL
campo de control ES-MaBCA
005 - FECHA Y HORA DE LA ÚLTIMA TRANSACCIÓN
campo de control 20190723122644.0
008 - CÓDIGOS DE INFORMACIÓN DE LONGITUD FIJA
campo de control de longitud fija 120710t xxu||||| |||| 00| 0 eng d
040 ## - FUENTE DE LA CATALOGACIÓN
Centro catalogador de origen SpMaBN
Lengua de catalogación Español
Centro transcriptor ES-MaBCA
100 ## - PUNTO DE ACCESO PRINCIPAL - NOMBRE DE PERSONA
9 (RLIN) 16129
Nombre de persona Gómez Pavón, Pilar
245 ## - MENCIÓN DE TÍTULO
Título El delito de alteración de precios
Medio [Texto impreso]
260 ## - PUBLICACIÓN, DISTRIBUCIÓN, ETC. (PIE DE IMPRENTA)
Lugar de publicación distribución etc. Las Rozas [Madrid].
Nombre del editor distribuidor etc. La Ley.
520 ## - SUMARIO, ETC.
Sumario etc. Resumen: La Ley Orgánica 1/2019, de 20 de febrero (BOE de 21 de febrero de 2019), modifica nuevamente el Código Penal de 1995, esta vez, en palabras del Preámbulo de la Ley, para «la transposición en plazo de directivas comunitarias», que constituye uno de los objetivos prioritarios establecidos por el Consejo de Europa, y que hace inaplazable la reforma, «bien como consecuencia del vencimiento del plazo o bien por la proximidad de dicho vencimiento», así la Directiva 2014/57/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre las sanciones penales aplicables al abuso de mercado. En la línea señalada por la citada Directiva, se hace preciso que la legislación penal recoja tres tipos penales diferenciados, como son las operaciones con información privilegiada, incluyendo la recomendación e inducción a realizar estas operaciones, la manipulación del mercado y la comunicación ilícita de información privilegiada, extendiendo la punibilidad a los actos preparatorios, complicidad y tentativa, así como a las personas jurídicas. Respuesta penal que, de acuerdo con la Directiva, debe quedar reservada para los ataques más graves realizados de forma intencionada.En las líneas que siguen analizaremos las modificaciones que la Ley Orgánica 1/2019, de 20 de febrero, ha introducido en el artículo 284 del Código Penal, adelantando que si el artículo 284 del Código Penal no ha tenido prácticamente aplicación ya desde el Código penal de 1973, la reforma no parece que vaya a favorecer su aplicación; si el mero intento era ya delictivo, exigir en el número 1 de este precepto la efectiva alteración dificultará todavía más la apreciación del delito. Ello además de la cuestionable técnica empleada en las agravaciones contempladas en este artículo (1) .<br/>
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA
9 (RLIN) 1604
Término de materia o nombre geográfico como elemento inicial Derecho Penal
651 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--NOMBRE GEOGRÁFICO
9 (RLIN) 931
Nombre geográfico España
773 0# - ENLACE AL DOCUMENTO FUENTE
Encabezamiento principal La Ley Penal
Parte(s) relacionada(s) . -- N. 137 (Marzo-Abril 2019)
Información sobre la relación En :
Título La Ley Penal
Número de control del registro relacionado 93
Número Internacional Normalizado para Publicaciones Seriadas (ISSN) 1697-5758
942 ## - ELEMENTOS DE PUNTO DE ACCESO ADICIONAL (KOHA)
Fuente del sistema de clasificación o colocación Universal Decimal Classification
Tipo de ítem Koha Monografías
Holdings
Estado de retiro Estado de pérdida Fuente del sistema de clasificación o colocación Estado dañado No para préstamo Código de colección Localización permanente Ubicación/localización actual Fecha de adquisición Total de préstamos Código de barras Fecha visto por última vez Precio válido a partir de Tipo de ítem Koha
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