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¿Deberían las autoridades y los empleados públicos responder civilmente por los daños causados en el ejercicio de sus cargos? (Record no. 3065)

MARC details
000 -CABECERA
campo de control de longitud fija 02195nab a2200169 i 4500
003 - IDENTIFICADOR DEL NÚMERO DE CONTROL
campo de control ES-MaBCA
005 - FECHA Y HORA DE LA ÚLTIMA TRANSACCIÓN
campo de control 20130425101640.0
008 - CÓDIGOS DE INFORMACIÓN DE LONGITUD FIJA
campo de control de longitud fija 130319b xxu||||| |||| 00| 0 eng d
040 ## - FUENTE DE LA CATALOGACIÓN
Centro catalogador de origen SpMaBN
Lengua de catalogación spa
Centro transcriptor ES-MaBCA
100 ## - PUNTO DE ACCESO PRINCIPAL - NOMBRE DE PERSONA
9 (RLIN) 3759
Nombre de persona Doménech Pascual, Gabriel
245 ## - MENCIÓN DE TÍTULO
Título ¿Deberían las autoridades y los empleados públicos responder civilmente por los daños causados en el ejercicio de sus cargos?
Medio [Texto impreso]
260 ## - PUBLICACIÓN, DISTRIBUCIÓN, ETC. (PIE DE IMPRENTA)
Lugar de publicación distribución etc. Madrid
Nombre del editor distribuidor etc. Centro de Estudios Políticos y Constitucionales
Fecha de publicación distribución etc. 2012-
520 ## - SUMARIO, ETC.
Sumario etc. El tratamiento que en el Derecho español se da a la responsabilidad civil extracontractual de las autoridades y los empleados públicos por los daños ocasionados en el ejercicio de sus funciones constituye, a primera vista, un desconcertante rompecabezas. De acuerdo con la legislación estatal básica, sólo la Administración a cuyo servicio actúan responde frente a los terceros perjudicados, y sólo ella puede —más aún, debe— exigirles responsabilidad civil por tales daños, aunque en la realidad prácticamente nunca les ha reclamado el resarcimiento. Esta praxis contrasta con el hecho de que la Administración sí suele exigir a sus agentes una peculiar responsabilidad civil regulada en la legislación contable. Todo lo cual es discordante con la regulación establecida en el Código penal para el caso de que los hechos constituyan delito, pues aquí las víctimas pueden reclamar directamente contra los agentes y subsidiariamente contra la Administración. Tras analizar los costes y los beneficios sociales de las posibles soluciones, el autor llega a la conclusión de que los servidores públicos sólo deberían responder civilmente por los daños causados al ejercer sus funciones cuando los hayan provocado de manera dolosa o cuando probablemente hayan obtenido algún beneficio derivado de los mismos. La Administración, en cualquier caso, debería ser siempre la responsable civil directa y exclusiva frente a los terceros perjudicados
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA
9 (RLIN) 1754
Término de materia o nombre geográfico como elemento inicial Responsabilidad civil
773 0# - ENLACE AL DOCUMENTO FUENTE
Encabezamiento principal Revista de Administración Pública
Parte(s) relacionada(s) . -- N. 180 (sept.-dic. 2009) p. 103-159
Información sobre la relación En :
Título Revista de Administración Pública
Número de control del registro relacionado 2351
Número Internacional Normalizado para Publicaciones Seriadas (ISSN) 0034-7639
942 ## - ELEMENTOS DE PUNTO DE ACCESO ADICIONAL (KOHA)
Fuente del sistema de clasificación o colocación Universal Decimal Classification
Tipo de ítem Koha Analíticas
Holdings
Estado de retiro Estado de pérdida Fuente del sistema de clasificación o colocación Estado dañado No para préstamo Código de colección Localización permanente Ubicación/localización actual Ubicación en estantería Fecha de adquisición Total de préstamos Código de barras Fecha visto por última vez Precio válido a partir de Tipo de ítem Koha
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