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La obtención transfronteriza de la prueba de ADN en la Unión Europea y su repercusión en España (Record no. 3710)

MARC details
000 -CABECERA
campo de control de longitud fija 03509nab a2200205 i 4500
003 - IDENTIFICADOR DEL NÚMERO DE CONTROL
campo de control ES-MaBCA
005 - FECHA Y HORA DE LA ÚLTIMA TRANSACCIÓN
campo de control 20141222094643.0
008 - CÓDIGOS DE INFORMACIÓN DE LONGITUD FIJA
campo de control de longitud fija 130426b xxu||||| |||| 00| 0 eng d
040 ## - FUENTE DE LA CATALOGACIÓN
Centro catalogador de origen SpMaBN
Lengua de catalogación spa
Centro transcriptor ES-MaBCA
100 ## - PUNTO DE ACCESO PRINCIPAL - NOMBRE DE PERSONA
9 (RLIN) 4354
Nombre de persona Cabezudo Bajo, María José
245 ## - MENCIÓN DE TÍTULO
Título La obtención transfronteriza de la prueba de ADN en la Unión Europea y su repercusión en España
Medio [Texto impreso]
Resto del título : el problema de las "búsquedas (del ADN) de familiares"
260 ## - PUBLICACIÓN, DISTRIBUCIÓN, ETC. (PIE DE IMPRENTA)
Lugar de publicación distribución etc. Madrid
Nombre del editor distribuidor etc. Centro de Estudios Políticos y Constitucionales
520 ## - SUMARIO, ETC.
Sumario etc. La prueba de ADN, tal y como se concibe en la actualidad, no es infalible. Pero consideramos que el ADN y sus bases de datos policiales constituyen una herramienta que posee un extraordinario potencial en la lucha contra la criminalidad grave, y transfronteriza y nacional. Dicho potencial se está logrando gracias a que, con carácter general, los continuos avances científico-tecnológicos se están poniendo, cada vez más, al servicio de la investigación de los delitos especialmente graves y, asimismo, por la, cada vez mayor, irrupción de los cálculos de probabilidad en el ámbito de la valoración de las pruebas, particularmente, las pruebas científicas. Los legisladores, europeo y nacional están progresivamente incorporando tales aspectos en las normas. Con ello, pretenden lograr que dicho instrumento <br/>posibilite la obtención transnacional de una prueba de ADN con un elevado valor probatorio que pueda fundamentar, por parte del órgano nacional jurisdiccionalmente competente, una sentencia de condena junto con otros medios de prueba. <br/>Sin embargo, dichos avances, en virtud de los cuales puede lograrse una prueba fiable, <br/>pueden poner en entredicho la licitud de la prueba, lo que impediría que pudiera ser valorada judicialmente. Por ello, la regulación europea y nacional, en su caso, española, ha de cumplir dos requisitos: 1) ha de permitir la obtención de una prueba de ADN lo más fiable posible; 2) ha de posibilitar la obtención de una prueba de ADN lícita. Y ambos requisitos han de cumplirse en las tres fases que conforman lo que denominamos «el uso forense de la tecnología del ADN», como son, la fase, A) de obtención de una muestra de ADN; B) de análisis de su perfil en el laboratorio; y C) de tratamiento del dato de ADN en la base de datos. <br/>Conforme al mencionado planteamiento, es necesario exponer a qué nos referimos con <br/>licitud y fiabilidad y, asimismo, en qué consiste cada fase y qué fines concretos se persiguen en cada una de ellas. Según dicho marco podremos identificar y analizar las normas aprobadas a nivel UE y su incidencia sobre la legislación española. Ello posibilitará el estudio de los problemas legales que dificultan la obtención transfronteriza de una prueba de ADN con un elevado valor probatorio. En concreto, situados en la fase del tratamiento del dato de ADN, vamos a plantear los problemas de licitud y fiabilidad que suscita la conveniencia de una eventual regulación, a nivel UE y, en su caso, en los ordenamiento jurídicos de los Estados miembros, de las «búsquedas del ADN de familiares» en sus bases de datos de ADN.<br/>
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA
9 (RLIN) 1178
Término de materia o nombre geográfico como elemento inicial Investigación
650 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--TÉRMINO DE MATERIA
9 (RLIN) 1678
Término de materia o nombre geográfico como elemento inicial Pruebas (Derecho Penal)
651 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--NOMBRE GEOGRÁFICO
9 (RLIN) 931
Nombre geográfico España
651 ## - PUNTO DE ACCESO ADICIONAL DE MATERIA--NOMBRE GEOGRÁFICO
9 (RLIN) 1574
Nombre geográfico Países de la Unión Europea
773 0# - ENLACE AL DOCUMENTO FUENTE
Encabezamiento principal Revista de Derecho Comunitario Europeo
Parte(s) relacionada(s) . -- N. 40 (sept.-dic. 2011) p. 737-765
Información sobre la relación En :
Título Revista de Derecho Comunitario Europeo
Número Internacional Normalizado para Publicaciones Seriadas (ISSN) 1138-4026
Número de control del registro relacionado 2822
942 ## - ELEMENTOS DE PUNTO DE ACCESO ADICIONAL (KOHA)
Fuente del sistema de clasificación o colocación Universal Decimal Classification
Tipo de ítem Koha Analíticas
Holdings
Estado de retiro Estado de pérdida Fuente del sistema de clasificación o colocación Estado dañado No para préstamo Código de colección Localización permanente Ubicación/localización actual Ubicación en estantería Fecha de adquisición Total de préstamos Código de barras Fecha visto por última vez Precio válido a partir de Tipo de ítem Koha
    Universal Decimal Classification     CAP - Hemeroteca Centro de Análisis y Prospectiva de la Guardia Civil Centro de Análisis y Prospectiva de la Guardia Civil CAP - Sala 1 06/06/2013   3430 06/06/2013 06/06/2013 Analíticas