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La responsabilidad en cascada ante las medidas de prevención de riesgos laborales [Texto impreso]

By: Material type: ArticlePublication details: Las Rozas [Madrid] La LeySubject(s): In: La Ley Penal La Ley Penal . -- N. 117 (nov.-dic. 2015)Summary: La literalidad del artículo 316 del Código Penal vigente nos lleva a establecer como sujeto activo del delito de creación de riesgo para la salud del trabajador por la ausencia de medidas de prevención de riesgos laborales a aquellos «legalmente obligados a facilitar los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas», siendo ésta una característica que nos hace encontrarnos ante un delito especial, al no poder ser imputado por el mismo un sujeto cualquiera, sino tan sólo aquellos con una posición concreta con respecto al hecho punible, con determinadas cualidades y en determinadas circunstancias. En este trabajo se realizan un análisis pormenorizado del tipo aludido, y de la doctrina y jurisprudencia más significativa, para identificar a estos «legalmente obligados» en el marco de la empresa.
Item type: Analíticas
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Centro de Análisis y Prospectiva de la Guardia Civil CAP - Hemeroteca Available 2016305
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La literalidad del artículo 316 del Código Penal vigente nos lleva a establecer como sujeto activo del delito de creación de riesgo para la salud del trabajador por la ausencia de medidas de prevención de riesgos laborales a aquellos «legalmente obligados a facilitar los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas», siendo ésta una característica que nos hace encontrarnos ante un delito especial, al no poder ser imputado por el mismo un sujeto cualquiera, sino tan sólo aquellos con una posición concreta con respecto al hecho punible, con determinadas cualidades y en determinadas circunstancias. En este trabajo se realizan un análisis pormenorizado del tipo aludido, y de la doctrina y jurisprudencia más significativa, para identificar a estos «legalmente obligados» en el marco de la empresa.

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