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La extraterritorialidad de las actuaciones jurídico-administrativas de las comunidades autónomas [Texto impreso]

By: Material type: ArticlePublication details: Madrid Centro de Estudios Políticos y Constitucionales 2018Description: 46 pISSN:
  • 0034-7639
Subject(s): In: Revista de Administración Pública Revista de Administración Pública . -- N. 206 (mayo.-ag. 2018) p. 99-145Summary: El reconocimiento de efectos jurídicos extraterritoriales a actuaciones administrativas de las comunidades autónomas es habitual en nuestro ordenamiento, sin perjuicio de admitir, al mismo tiempo, que el principio de territorialidad ordena el sistema constitucional de distribución de competencias. De hecho, en el ordenamiento español cabe identifi car hasta cuatro tipos de extraterritorialidad diferentes. Sin perjuicio de los matices según cada tipo, se puede afirmar que esa realidad jurídica comparte modelo regulativo y elementos estructurales con un principio del derecho europeo que ordena situaciones similares, aunque en contextos transnacionales: el principio de reconocimiento mutuo. Este estudio muestra que, con independencia del nomen iuris, en ambos casos la operatividad del reconocimiento depende de la previa equivalencia entre ordenamientos, así como de la selección de la norma aplicable con base en el criterio del país de origen. Del mismo modo, en ambos contextos el reconocimiento se manifi esta con variantes diversas, pero, en todo caso, se concretan en una gradación de automaticidad/condicionalidad. La STC 79/2017 ha negado este enfoque al analizar la constitucionalidad del principio de efi cacia nacional que instauraba la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado. Este estudio cuestiona la tesis del Tribunal, identificando las variantes del reconocimiento mutuo que deben considerarse inconstitucionales en función del tipo de extraterritorialidad.
Item type: Analíticas
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Centro de Análisis y Prospectiva de la Guardia Civil Biblioteca Digital Available 2019975
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El reconocimiento de efectos jurídicos extraterritoriales a actuaciones administrativas de las comunidades autónomas es habitual en nuestro ordenamiento, sin perjuicio de admitir, al mismo tiempo, que el principio de territorialidad ordena el sistema constitucional de distribución de competencias. De hecho, en el ordenamiento español cabe identifi car hasta cuatro tipos de extraterritorialidad diferentes. Sin perjuicio de los matices según cada tipo, se puede afirmar que esa realidad jurídica comparte modelo regulativo y elementos estructurales con un principio del derecho europeo que ordena situaciones similares, aunque en contextos transnacionales: el principio de reconocimiento mutuo. Este estudio muestra que, con independencia del nomen iuris, en ambos casos la operatividad del reconocimiento depende de la previa equivalencia entre ordenamientos, así como de la selección de la norma aplicable con base en el criterio del país de origen. Del mismo modo, en ambos contextos el reconocimiento se manifi esta con variantes diversas, pero, en todo caso, se concretan en una gradación de automaticidad/condicionalidad. La STC 79/2017 ha negado este enfoque al analizar la constitucionalidad del principio de efi cacia nacional que instauraba la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado. Este estudio cuestiona la tesis del Tribunal, identificando las variantes del reconocimiento mutuo que deben considerarse inconstitucionales en función del tipo de extraterritorialidad.

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