El delito de corrupción deportiva [Recurso electrónico]PDF : aspectos metodológicos, dogmáticos y político-criminales
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ArticlePublication details: [Granada] Jesús BarquínSubject(s): Online resources:
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Revista electrónica de ciencia penal y criminología Revista electrónica de ciencia penal y criminología . -- N. 14-20 (2012) Summary: El trabajo se centra en la radicalización de la lucha contra la corrupción, por medio del Derecho penal, operada por el art. 286 bis 4. del CP español; un nuevo enconamiento de la irrupción del Derecho penal en el ámbito deportivo. Esta opción político-criminal -fruto de un inverecundo populismo punitivo- se concreta en una infracción carente del mínimo fundamento requerido para justificar el recurso a la justicia penal y a la técnica legislativa que le es propia. Ello la hace inválida, en sentido técnico-jurídico. En tales condiciones el precepto concita todos los fantasmas del Derecho penal simbólico y de la aplicación oportunista de la Justicia penal, tan característicos de las nuevas formas de criminalidad en el Derecho penal del espectáculo. Presumiblemente, se frustrarán rápidamente las elevadas y vacuas expectativas que lo rodean. Metodológicamente, el análisis dogmático de este precepto se lleva a cabo tomando en consideración: la ausencia de un bien jurídico; el papel central que desempeña la finalidad típica de predeterminar los resultados deportivos: la autonomía del precepto respecto de otras formas de corrupción; y el reconocimiento de las dos figuras que la integran.
Analíticas
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| Centro de Análisis y Prospectiva de la Guardia Civil | Biblioteca Digital | Available | 4183 |
El trabajo se centra en la radicalización de la lucha contra la corrupción, por medio del Derecho penal, operada por el art. 286 bis 4. del CP español; un nuevo enconamiento de la irrupción del Derecho penal en el ámbito deportivo. Esta opción político-criminal -fruto de un inverecundo populismo punitivo- se concreta en una infracción carente del mínimo fundamento requerido para justificar el recurso a la justicia penal y a la técnica legislativa que le es propia. Ello la hace inválida, en sentido técnico-jurídico. En tales condiciones el precepto concita todos los fantasmas del Derecho penal simbólico y de la aplicación oportunista de la Justicia penal, tan característicos de las nuevas formas de criminalidad en el Derecho penal del espectáculo. Presumiblemente, se frustrarán rápidamente las elevadas y vacuas expectativas que lo rodean. Metodológicamente, el análisis dogmático de este precepto se lleva a cabo tomando en consideración: la ausencia de un bien jurídico; el papel central que desempeña la finalidad típica de predeterminar los resultados deportivos: la autonomía del precepto respecto de otras formas de corrupción; y el reconocimiento de las dos figuras que la integran.
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