La malograda figura del Juez de Vigilancia Penitenciaria [Texto impreso]
Material type:
ArticlePublication details: Las Rozas [Madrid] La LeySubject(s):
In:
La Ley Penal La Ley Penal . -- N. 114 (mayo-jun. 2015)Summary: Cuando están próximos a cumplirse 35 años desde la creación de la figura del Juez de Vigilancia Penitenciaria en nuestro ordenamiento jurídico (33 desde su entrada en funcionamiento), el legislador español, y el poder político que lo controla, ha demostrado que no tiene una idea clara de qué es lo que quiere que sea este órgano jurisdiccional, «pieza clave del sistema penitenciario» según las propias palabras del Tribunal Constitucional; órgano al que tiene abandonado, minusvalorado e incluso despreciado, como lo demuestra su falta de interés hacia el mismo. El legislador no ha terminado de configurar a este órgano, aún no ha decidido qué es lo que quiere que sea realmente, como lo evidencia el hecho de que todavía podamos cuestionarnos su verdadera naturaleza jurídica, cuáles son sus competencias, y tampoco tenga aún una norma procesal que regule su funcionamiento. Pero el rejón de muerte le será dado si prospera, y se convierte en Ley, el Anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial en los términos en que ha sido aprobado por el Consejo de Ministros. Ello supondrá la desaparición del Juez de Vigilancia Penitenciaria, órgano especializado en la aplicación del Derecho Penitenciario.
Analíticas
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| Centro de Análisis y Prospectiva de la Guardia Civil | CAP - Hemeroteca | Available | 2015545 |
Cuando están próximos a cumplirse 35 años desde la creación de la figura del Juez de Vigilancia Penitenciaria en nuestro ordenamiento jurídico (33 desde su entrada en funcionamiento), el legislador español, y el poder político que lo controla, ha demostrado que no tiene una idea clara de qué es lo que quiere que sea este órgano jurisdiccional, «pieza clave del sistema penitenciario» según las propias palabras del Tribunal Constitucional; órgano al que tiene abandonado, minusvalorado e incluso despreciado, como lo demuestra su falta de interés hacia el mismo. El legislador no ha terminado de configurar a este órgano, aún no ha decidido qué es lo que quiere que sea realmente, como lo evidencia el hecho de que todavía podamos cuestionarnos su verdadera naturaleza jurídica, cuáles son sus competencias, y tampoco tenga aún una norma procesal que regule su funcionamiento. Pero el rejón de muerte le será dado si prospera, y se convierte en Ley, el Anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial en los términos en que ha sido aprobado por el Consejo de Ministros. Ello supondrá la desaparición del Juez de Vigilancia Penitenciaria, órgano especializado en la aplicación del Derecho Penitenciario.
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