000 01836naa a22002057a 4500
003 ES-MaBCA
005 20210922150847.0
008 120628t xxu||||| |||| 00| 0 eng d
040 _cES-MaBCA
100 _93044
_aVázquez Honrubia, José María
245 _aEntrada y registro en lugar cerrado.
_h[Texto impreso].
260 _bCentro de Publicaciones, Ministerio del Interior
_c(1989)-
520 _aResumen: En el artículo se analizan tres elementos de investigación que son de indudable eficacia para la comprobación de hechos punibles y de las personas responsables de los mismos. Se refiere a tres elementos distintos que son: - La entrada y registro en el domicilio del presunto culpable y en general de todo lugar cerrado cuyo registro y reconocimiento convengan para fines de la instrucción sumarial. - El reconocimiento y registro de libros y papeles del inculpado al delito perseguido. - La apertura y reconocimiento de la correspondencia dirigida al mismo. La ley ha tenido que autorizar estos tres elementos para una perfecta instrucción sumarial. A pesar de esto, existen unos principios constitucionales consignados en el código fundamental del Estado, que obligan a que se respete el derecho de inviolabilidad del domicilio. No obstante esos derechos, no pueden ser un obstáculo insuperable, para la realización de una adecuada investigación que dé lugar, al castigo del culpable.
650 _91599
_aCooperación judicial
650 _91657
_aProcedimiento penal
650 _91678
_aPruebas (Derecho Penal)
773 0 _aCuadernos de la Guardia Civil
_g. -- N. 13 (en. 1995) p. 125-133
_iEn :
_tCuadernos de la Guardia Civil
_w1716
_z84-505-8574-0
856 _uhttp://gcivil.orex.es/local_repository/koha_upload/3d7b91aed0ef1b5e9d9d95241d4aaf2a_C13.10.pdf
_y*DESCARGAR PDF*
942 _2udc
_cAN
999 _c1948
_d1951