000 01414naa a22001937a 4500
003 ES-MaBCA
005 20210922150850.0
008 120628t xxu||||| |||| 00| 0 eng d
040 _cES-MaBCA
100 _93089
_aCasas Navas, Elicio
245 _aLa Jefatura del Estado en el ordenamiento constitucional español.
_h[Texto impreso].
260 _bCentro de Publicaciones, Ministerio del Interior
_c(1989)-
520 _aResumen: En la Constitución se configura la magistratura simbólica del Rey, como figura moderadora y arbitral que tiene unas competencias enumeradas, que carecen de iniciativa y se encuentran jurídicamente limitadas. El rey no gobierna, pero reina. Carece de poderes políticos concretos, además de poder de reserva para estados de crisis constitucional (alarma, excepción y sitio). Como excepción cuando la crisis es extrema, deviniendo una anormalidad constitucional por forzada inoperancia de los órganos constitucionalmente competentes, al Rey como jefe de Estado, le es legítima la asunción de la responsabilidad de esta crisis.
650 _91639
_aPolítica y gobierno
651 _9931
_aEspaña
773 0 _aCuadernos de la Guardia Civil
_g. -- N. 8 (en. 1992) p. 79-94
_iEn :
_tCuadernos de la Guardia Civil
_w1788
_z84-505-8574-0
856 _uhttp://gcivil.orex.es/local_repository/koha_upload/9935c823d8364bbe0f138b1b428b84cf_C8.9.pdf
_y*DESCARGAR PDF*
942 _2udc
_cAN
999 _c2022
_d2025