000 01623naa a22002057a 4500
003 ES-MaBCA
005 20210922150852.0
008 120628t xxu||||| |||| 00| 0 eng d
040 _cES-MaBCA
100 _9420
_aAlonso Pérez, Francisco
245 _aDelitos contra la libertad
_h[Texto impreso].
260 _bCentro de Publicaciones, Ministerio del Interior
_c(1989)-
520 _aResumen: El Código Penal de 1973 tipifica estos delitos en el Título XII del Libro II, protegiendo dos bienes jurídicos distintos que garantiza la Constitución Española en los artículos 17 y 18; la libertad y la seguridad, recogiendo las siguientes figuras delictivas: detenciones ilegales, sustracción de menores, abandono de familia y de niños, omisión del deber de socorro, allanamiento de morada, amenazas, coacciones , descubrimiento y revelación de secretos y delitos contra la libertad y seguridad en el trabajo. El nuevo Código Penal regula los delitos contra la libertad en el Título VI del Libro II, que comprende tres capítulos; el primero, dedicado a las detenciones ilegales y secuestros (arts.163 a 168), el segundo a las amenazas (arts. 169 a 171) y el tercero a las coacciones (art.172).
650 _91604
_aDerecho Penal
650 _91601
_aDelitos y faltas
650 _9587
_aAsuntos penales y judiciales
773 0 _aCuadernos de la Guardia Civil
_g. -- N. 15 (en. 1996) p. 79-90
_iEn :
_tComentarios al Nuevo Código Penal
_w1835
_z84-505-8574-0
856 _uhttp://gcivil.orex.es/local_repository/koha_upload/2163096082eebb925190054a86295caf_C.15.8.pdf
_y*DESCARGAR PDF*
942 _2udc
_cAN
999 _c2083
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