| 000 | 02065naa a22002057a 4500 | ||
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| 003 | ES-MaBCA | ||
| 005 | 20210922150852.0 | ||
| 008 | 120628t xxu||||| |||| 00| 0 eng d | ||
| 040 | _cES-MaBCA | ||
| 100 |
_93124 _aPérez-Crespo Payá, Francisco |
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| 245 |
_aDelitos contra la Haciendad Pública y la Seguridad Social _h[Texto impreso]. |
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| 260 |
_bCentro de Publicaciones, Ministerio del Interior _c(1989)- |
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| 520 | _aResumen: La incorporación de la regulación de estos tipos delictivos se produjo muy tardíamente en la tramitación parlamentaria del Proyecto de Ley Orgánica del nuevo Código Penal. Fue durante la tramitación del Proyecto en el Senado donde se incorporaron estos delitos en el Código Penal, incorporando el texto definitivo un Título, el XIV “De los delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social” , que recoge novedades que hacen referencia, básicamente, a la protección de la Hacienda Pública de las Comunidades Europeas, y a la adecuación de los tipos previos tanto al nuevo sistema de penas que establece el Código como a la adopción de un sistema de “numerus clausus” de conductas imprudentes, lo que excluye la necesidad de calificar expresamente a estos delitos como dolosos. Otra de las novedades más importantes de la LO 6/95 fue la introducción del artículo 349 bis en la que incluye un tipo que puede ser calificado como delito de defraudación a la Seguridad Social. Este artículo tiene como antecedente el artículo 291 del Anteproyecto de Reforma del Código Penal de 1983 que incluía un tipo análogo dentro de la regulación de los denominados delitos laborales. | ||
| 650 |
_91604 _aDerecho Penal |
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| 650 |
_91601 _aDelitos y faltas |
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| 650 |
_91973 _aFunción pública |
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| 773 | 0 |
_aCuadernos de la Guardia Civil _g. -- N. 15 (en. 1996) p. 211-226 _iEn : _tComentarios al Nuevo Código Penal _w1835 _z84-505-8574-0 |
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| 856 |
_uhttp://gcivil.orex.es/local_repository/koha_upload/939bdafbce1435fb0e38aa94cf56e50a_C.15.15.pdf _y*DESCARGAR PDF* |
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| 942 |
_2udc _cAN |
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| 999 |
_c2090 _d2093 |
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