000 01824naa a22002057a 4500
003 ES-MaBCA
005 20210922150852.0
008 120628t xxu||||| |||| 00| 0 eng d
040 _cES-MaBCA
100 _93127
_aVázquez Jarava, Pedro
245 _aDelitos contra la seguridad colectiva
_h[Texto impreso].
260 _bCentro de Publicaciones, Ministerio del Interior
_c(1989)-
520 _aResumen: En el nuevo Código Penal se recupera la denominación que ya aparecía en el Código Penal de 1928 y que también recuperó el Proyecto de 1980: Delitos contra la seguridad colectiva. Este título trata de reunir una serie de infracciones caracterizables como delitos de peligro en general. Se recuperan aquí el incendio y los estragos cuando se definen exclusivamente por el peligro creado y se excluyen de los delitos contra la salud pública las infracciones contra el medio ambiente. Todas estas conductas tienen un denominador común, afectan a determinados aspectos del conjunto de condiciones por las que la colectividad puede considerarse segura frente a actuaciones de riesgo. Se incluye por ello algunos riesgos derivados de determinados comportamientos, que ponen en peligro ciertos aspectos concretos de la seguridad colectiva y entre ellos: los denominados de riesgo catastrófico y los derivados de los incendios. Estos delitos se refieren no al riesgo para individuos concretos, sino para la colectividad.
650 _91601
_aDelitos y faltas
650 _9960
_aSeguridad
650 _91604
_aDerecho Penal
773 0 _aCuadernos de la Guardia Civil
_g. -- N. 15 (en. 1996) p. 261-277
_iEn :
_tComentarios al Nuevo Código Penal
_w1835
_z84-505-8574-0
856 _uhttp://gcivil.orex.es/local_repository/koha_upload/f4e8ad167f395493c616a867b714cfb7_C.15.18.pdf
_y*DESCARGAR PDF*
942 _2udc
_cAN
999 _c2093
_d2096