000 01669naa a22002177a 4500
003 ES-MaBCA
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040 _cES-MaBCA
100 _9350
_aJiménez Quintana, Elena
245 _aLegislación de menores, constitución y jurisprudencia del Tribunal Constitucional
_h[Texto impreso]
260 _bCentro de Publicaciones, Ministerio del Interior
_c1991
520 _aResumen: En el presente trabajo se realiza un estudio desde una perspectiva estrictamente constitucional de la concreta situación del menor en el estado constitucional. El Tribunal Constitucional en su resolución constitucional, considera al menor como ciudadano que pasa a tener todos los derechos. El hecho de ser menor de edad no le puede hacer de peor condición que si fuera mayor. En cuanto a la personalidad del menor delincuente, en su doble condición de menor y quebrantador, las reglas generales del proceso sancionador, sin disminuir las garantías esenciales de todo proceso penal, pueden ser adecuadas a tales especiales circunstancias. En cuanto al proceso propiamente dicho, éste ha de ser judicial y ha de estar presidido por los principios de oralidad, inmediación y contradicción.
650 _91959
_aLegislación
650 _91883
_aMenores
650 _91883
_vJurisprudencia
650 _91753
_aResponsabilidad penal
773 0 _aCuadernos de la Guardia Civil
_g. -- N. 5 (en. 1991) p. 103-111
_iEn :
_tCuadernos de la Guardia Civil
_w1864
_z84-505-8574-0
856 _uhttp://gcivil.orex.es/local_repository/koha_upload/fef61efe8694fce628397f9664e5a99b_C5.9.pdf
_y*DESCARGAR PDF*
942 _2udc
_cAN
999 _c2113
_d2116