000 01906nab a22001817a 4500
999 _c22456
_d22459
003 ES-MaBCA
005 20190723122912.0
008 120710t xxu||||| |||| 00| 0 eng d
040 _aSpMaBN
_bEspañol
_cES-MaBCA
100 _915030
_aLiñán Lafuente, Alfredo
245 _a La reforma del delito de utilización de información privilegiada y la incorporación del nuevo tipo penal de comunicación ilícita de información privilegiada en la Ley
_h[Texto impreso]
260 _aLas Rozas [Madrid].
_bLa Ley.
520 _aResumen:El delito de utilización de información privilegiada se ha modificado por la Ley Orgánica 1/2019 y, en virtud de dicha reforma, se ha incluido un nuevo tipo penal que castiga la comunicación de información privilegiada. Junto con ello, se ha producido un incremento sustancial de las penas y una nueva circunstancia agravante que se aplica cuando los hechos sean cometidos por el trabajador o empleado de una empresa de servicios de inversión, entidad de crédito, autoridad supervisora o reguladora o centros de negociación. El nuevo artículo 285 bis CP castiga la comunicación de información privilegiada en el marco de una prospección de mercado, cuando ésta se realice infringiendo la normativa europea de abuso de mercado y ponga en peligro la integridad del mercado o la confianza de los inversores. Esta reforma obliga a las personas jurídicas a revisar sus procedimientos de control para evitar el riesgo de incurrir en supuestos de información privilegiada.
650 _91604
_aDerecho Penal
651 _9931
_aEspaña
773 0 _aLa Ley Penal
_g. -- N. 137 (Marzo-Abril 2019)
_iEn :
_tLa Ley Penal
_w93
_x1697-5758
942 _2udc
_cBK