000 02005nab a22001817a 4500
003 ES-MaBCA
005 20131029094903.0
008 120710t xxu||||| |||| 00| 0 eng d
040 _aSpMaBN
_bEspañol
_cES-MaBCA
100 _94836
_aYáñez Velasco, Ricardo
245 _aSuspensión del juicio y medidas sancionadoras de naturaleza procesal
_h[Texto impreso]
260 _aPamplona
_bAranzadi
_cD.L. 1999-
520 _aLa suspensión del juicio oral es una anormalidad cotidiana, asumida por jueces y profesionales incluso a la hora de prever agendas y trabajo. Dilata el proceso en un Adminstración de justicia que ya presenta, en general, un significativo retraso. El tiempo perdido con las suspensiones muestra la ineficacia del sistema, retroalimentando la demora endémica porque muchas de las vistas suspendidas deberán señalarse de nuevo. En particular aquellas causadas por la incomparcencia de peritos y, sobre todo, de testigos, a menudo funcionarios públicos de permiso, vacaciones o bajas no impeditivas; en ocasiones incluso letrados. Existen varias formas de reducir el problema, que se dejan de lado mientras que la disuasión por excelencia, la multa procesal por inasistencia, por demás deficientemente regulada en su procedimeinto, apenas se aplica en la práctica, contribuyendo a relativizar las obligaciones procesales, a un nivel nada alejado de lo que ocurre con los testigos en España y su deber de decir la verdad. En similar sentido, las acostumbradas demoras de letrados y procuradores, en ocasiones ausencias causantes de suspensión remitidas a los Colegios de Profesionales, las menos diligenciadas como expedientes disciplinarios en la misma sede judicial, con tramitación privilegiada e incidendia poco representativa.
650 _91657
_aProcedimiento penal
650 _91601
_aDelitos y faltas
773 0 _aRevista de derecho y proceso penal
_g. -- N. 31 (mayo-ag.2013) p. 43-89
_iEn :
_tRevista de derecho y proceso penal
_w4029
_x1575-4022
942 _2udc
_cAN
999 _c4318
_d4321