000 01724nab a22002177a 4500
003 ES-MaBCA
005 20131029124750.0
008 120710t xxu||||| |||| 00| 0 eng d
040 _aSpMaBN
_bEspañol
_cES-MaBCA
100 _94844
_aCampaner Muñoz, Jaime
245 _aLa orden europea de vigilancia
_h[Texto impreso]
_b: statu quo y perspectivas de futuro hacia una necesaria armonización de las medidas cautelares personales en la UE
260 _aPamplona
_bAranzadi
_cD.L. 1999-
520 _aLa Orden Europea de Vigilancia (OEV) surge como una valiosa herramienta para garantizar el carácter excepcional y subsidario que debe presidir el uso de la prisión provisional. Está llamada a permitir que las medidas cautelares de vigilancia impuestas por un Estado miembro a un investigado, imputado y o acusado no residente en el mismo sean reconocidas y supervisadas por un Estado miembro diferente. No obstante, la falta de transposición de la Decisión del Marco en España y la heterogeneidad de los organismos jurídicos de los didtintos Estados miembros, entre otros factores, dificultarán el óptimo funcionamiento de la OEV, por lo que el autor, tras realizar un análisis crítico de algunos aspectos de la Decisión Marco, aboga por la necesaria armonización de las medidas cautelares personales en la Unión Europea.
610 _91645
_aUnión Europea
610 _94845
_aOrden Europea de Vigilancia (OEV)
650 _91657
_aProcedimiento penal
650 _91599
_aCooperación judicial
650 _91686
_aRégimen penitenciario
773 0 _aRevista de derecho y proceso penal
_g. -- N. 30 (en.-abr. 2012) p. 161-192
_iEn :
_tRevista de derecho y proceso penal
_w4029
_x1575-4022
942 _2udc
_cAN
999 _c4326
_d4329