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003 ES-MaBCA
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040 _aSpMaBN
_bEspañol
_cES-MaBCA
100 _94921
_aFuentes Osorio, Juan L.
245 _a¿Delito ecológico como delito de peligro abstracto?
_h[Recurso electrónico]PDF
260 _a[Granada]
_bJesús Barquín
520 _aLa discusión sobre la naturaleza de la puesta en peligro del medio ambiente prevista en el art. 325 CP, que se ha decantado, mayoritariamente, por el peligro abstracto (hipotético) frente al concreto, se ha desarrollado sin considerar suficientemente tres variables: la afectación de los medios y manifestaciones del ecosistema, el papel de la puesta en peligro de la salud de las personas y la relevancia del tamaño del ecosistema de referencia. Se ha pasado por alto que la incorporación de las dos primeras difumina en ocasiones las diferencias entre el peligro concreto y abstracto, figuras que incluso llegan a confundirse. El olvido del tercer aspecto ha hecho desaparecer del debate las consecuencias que tiene la modificación del tamaño del ecosistema en la realización de juicio de ofensividad y en las demandas de prueba.
650 _94424
_aDelitos contra el medio ambiente
650 _91604
_aDerecho Penal
650 _92738
_aMedio ambiente
773 0 _aRevista electrónica de ciencia penal y criminología
_g. -- N. 14-17 (2012)
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