000 01824nab a22002297a 4500
003 ES-MaBCA
005 20150122135501.0
008 120710t xxu||||| |||| 00| 0 eng d
040 _aSpMaBN
_bEspañol
_cES-MaBCA
100 _95242
_aMartínez García, Elena
245 _aLa orden de investigación europea
_h[Texto impreso]
_b: las futuras complejidades previsibles en la implementación de la Directiva en España
260 _aLas Rozas [Madrid]
_bLa Ley.
520 _aEl principio de reconocimiento mutuo es la herramienta clave para la construcción de la Europa de la Libertad, Seguridad y Justicia. Especialmente, en materia de derechos fundamentales se hace compleja la materialización de este principio sin unos mínimos legales comunes, que aseguren el respeto del núcleo esencial de dichos derechos. Ello se pone especialmente de manifiesto ante la inminente aprobación de la Directiva relativa a la Orden Europea de Investigación, destinada a realizar actos de investigación en un país distinto y a obtener fuentes de prueba. Es aquí donde los derechos y libertades fundamentales pueden ponerse en entredicho y su fruto, la pruebas, pueden sufrir de ilicitud. Se plantea, entonces, el papel de la regla de la exclusión y el derecho al proceso con todas las garantías en el marco del Derecho comunitario. Para contestar a estas preguntas debemos acudir al principio de primacía del derecho europeo y al sentido del principio de reconocimiento mutuo.
650 _94052
_aDerecho comunitario
650 _91657
_aProcedimiento penal
650 _91178
_aInvestigación
651 _91842
_aEuropa
655 _aJurisprudencia comentada
650 _91176
_aDerechos humanos
773 0 _aLa Ley Penal
_g. -- N. 106 (en.-feb. 2014) p. 114-126
_iEn :
_tLa Ley Penal
_w93
_x1697-5758
942 _2udc
_cAN
999 _c4923
_d4926